CONTROL EN LA ADMINISTRACION PUBLICA

CONTROL EN LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA

Una Universidad para la Creatividad

Mario N. Monroy. P


ADMINISTRACION PUBLICA   

 

La Administracion Publica Constituye  del Estado que está encaminada a producir las condiciones que facilitan la perpetuación de la sociedad y crear las capacidades de desarrollo de los elementos que la constituyen.






CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 

             La Contraloría General de la República es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control.

                  ARTICULO: Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela


Son atribuciones o Funciones  de la Contraloría General de la República


1. Ejercer el control, la vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos, así como las operaciones relativas a los mismos, sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos en el caso de los Estados y Municipios, de conformidad con la ley.


2. Controlar la deuda pública, sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos en el caso de los Estados y Municipios, de conformidad con la ley.


3. Inspeccionar y fiscalizar los órganos, entidades y personas jurídicas del sector público sometidos a su control; practicar fiscalizaciones, disponer el inicio de investigaciones sobre irregularidades contra el patrimonio público, así como dictar las medidas, imponer los reparos y aplicar las sanciones administrativas a que haya lugar de conformidad con la ley.


4. Instar al Fiscal o Fiscala y al Procurador o Procuradora General de la República a que ejerzan las acciones judiciales a que hubiere lugar con motivo de las infracciones y delitos cometidos contra el patrimonio público y de los cuales tenga conocimiento en el ejercicio de sus atribuciones.


5. Ejercer el control de gestión y evaluar el cumplimiento y resultado de las decisiones y políticas públicas de los órganos, entidades y personas jurídicas del sector público sujetos a su control, relacionadas con sus ingresos, gastos y bienes.


6. Las demás que le atribuyan esta Constitución y la ley.


TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS

  • Controlar la Deuda Pública sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos.
  • Inspeccionar y fiscalizar los órganos, entidades y personas jurídicas del sector público.
  • Instar al fiscal general de la República a que ejerza acciones judiciales a que hubiera motivo de infracción o delitos cometidos contra el patrimonio público.

CONTROL LEGISLATIVO


Poder Legislativo;  este poder recae en la Asamblea Nacional, que está compuesta por diputados y diputadas representantes de los estados y pueblos indígenas de la República. En los Estados, representa este poder el Consejo Legislativo.



¿Quién controla el poder legislativo en Venezuela?

El Poder Legislativo Nacional se ejerce por órgano de la Asamblea Nacional, vocera del pueblo venezolano.



FUNCIONES

Legislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional. Proponer enmiendas y reformas a la Constitución, en los términos establecidos en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.



CABILDEO

También conocido como Lobbying por su origen anglosajón, se refiere al proceso planificado de comunicación de contenido predominantemente informativo, en el marco de las relaciones públicas, de la empresa, grupo de presión u organización con los poderes públicos, ejercido directamente por ésta o a través de un tercero mediante contraprestación, que tiene como función intervenir sobre una decisión pública (norma o acto jurídico; en proyecto o aplicado) o promover una nueva, transmitiendo una imagen positiva basada en la credibilidad de los argumentos defendidos que genere un entorno normativo y social favorable y con la finalidad de orientarla en el sentido deseado y favorable a los intereses de los representados.

FUNCIONES

  • La función que pretenden cumplir con el cabildeo se sustenta en cuatro pilares:
  • Proponer soluciones a problemas sociales, políticos y económicos.
  • Fortalecer el poder de las organizaciones de la sociedad civil.
  • Proponer la participación democrática de los ciudadanos.
  • Buscar la solidaridad entre los ciudadanos.

GRUPO DE PRESIÓN 

    Un grupo de presión, también conocido como grupo de cabildeo1​ o lobby​ es un colectivo con intereses comunes que realiza acciones dirigidas a influir ante la administración pública para promover decisiones favorables a los intereses de ese sector concreto de la sociedad. Las primeras utilizaciones políticas de este término son del siglo XIX.



FUNCIONES

Grupo de personas cuyo objetivo es influir en las diversas esferas del aparato estatal o de las organizaciones políticas fundamentalmente para obtener beneficios concretos mediante el empleo de recursos económicos, chantaje político u organización adecuada de instrumentos de comunicación masiva que suelen poner a su disposición para incidir en la vida política y social de la nación.

También son aquellos grupos de intereses organizados que no desean de forma directa el control del poder político sino sólo influir o presionar a los centros de tomas de decisiones, ya sea en el ámbito Legislativo o del Ejecutivo y de las diferentes organizaciones y administraciones públicas locales. Se diferencian de los partidos políticos porque éstos buscan directamente el poder político.


CARACTERSITICAS

  • Tienen una organización permanente, con órganos propios que los dirigen y representan.
  • El fin de la unión de sus miembros es la defensa de unos intereses comunes y particulares.
  • Participan en las relaciones de poder de manera indirecta, es decir, no intervienen en su conquista, ni en su aplicación; ejercen una presión sobre el poder, pero permanecen al margen de él.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

  •  Finer, S. E. (1966) The anonymous empire. Londres: Pall Malí Press.
  •  Rubio Núñez, R. (2003) Los grupos de presión. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
  • Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela 1999.
  • Poder legislativo de la Republica Bolivariana de Venezuela
  •  Meynaud, J. (1965), Les groupes de pression. París: Presses Universitaires.
  •  Xifra, J. (1998) Como influir eficazmente en las decisiones de las instituciones públicas. Barcelona: Gestión 2000.
  •  Carnota, W. (1991) La expansión de los lobbies en Estados Unidos y en Europa Occidental. Buenos Aires: El Derecho, 8 de julio.

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